Actividades de Participación Social

CONTROL SOCIAL


El control social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, individualmente o mediante sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados según lo establecido en la regulación aplicable y correcta utilización de recursos y bienes públicos. Elementos Contextuales que Sustentan el Control Social: Antecedente normativo 1991 / constitución política, su objetivo: Principio, derecho y deber de los ciudadanos mediante mecanismos para que la participación sea con decretos promulgados con el paso de los años y la transformación social.

Modalidades para el Control Social

✅Auditores Ciudadanos
✅Directorio de organizaciones sociales
✅Veedurías Ciudadanas


Veedurías Ciudadanas: Las veedurías ciudadanas tienen como objeto de vigilancia la gestión pública según lo establecido en el artículo 27011 de la Constitución Política de Colombia y en los artículos 100 de la Ley 134 de 199412, y 1 y 4 de la Ley 850 de 2003 en los cuales se señala expresamente:
✅Control social
✅ Fiscalización de la gestión pública.
✅Toma de decisiones.

Temas Objeto de Vigilancia: Rendición de Cuentas: Es un proceso permanente mediante el cual las entidades y los servidores públicos informan, explican y dan a conocer los resultados de su gestión.


Temas Objeto de Vigilancia: Informes de Quejas y Reclamos: Su objetivo es realizar seguimiento y evaluación al trámite de las peticiones, quejas, reclamos, solicitudes de información, consultas, denuncias, consultas elevadas a las autoridades, traslados por competencia, en los canales dispuestos para ello; con el fin de determinar el cumplimiento en la oportunidad y la calidad de las respuestas y efectuar las
recomendaciones que sean necesarias a la primera línea de defensa y a los responsables del proceso que conlleven al mejoramiento continuo de la Entidad.

Rutas de Control Social.

Conclusiones
El control social como derecho y deber ciudadano, se configura en uno de los mecanismos de incidencia de mayor nivel para el actor comunitario, dado que basado en la evidencia recolectada en las bases comunitarias es posible mejorar la gestión pública e invertir la asignación de recursos bajo el principio de equidad y oportunidad. Existe un amplio sustento normativo que faculta a la ciudadanía para realizar el seguimiento y veeduría a la gestión pública, un grupo de trabajo representativo como es la asociación de usuarios al realizar un ejercicio de control social pone en práctica las capacidades y habilidades de gestión y evaluación de procesos sociales.

ASOCIACIÓN DE USUARIOS.

¿Qué es una Asociación de Usuarios?
El Decreto 1757 de 2015, define a la asociación de usuarios como una agrupación para velar por la calidad y cumplimiento del servicio del Sistema General de Seguridad Social en Salud, es la defensa del usuario donde se velará por el cumplimiento de los derechos y deberes de los usuarios, en condiciones de calidad, trato digno y oportunidad, según los principios y valores institucionales, las políticas de la empresa en cumplimiento de la normatividad aplicable al sector

salud, será una organización sin ánimo de lucro, conformada por varios usuarios y permitirá la participación de los usuarios y familias con apoyo y seguimiento de la institución. Funciones de la Asociación de Usuarios: La Asociación de Usuarios es un mecanismo de intermediación entre los usuarios y la Clínica. Realizará, entre otras, estas acciones.


✅Recoger las sugerencias, recomendaciones, inquietudes y peticiones de los usuarios, realizadas a través de sus representantes, referidos a aspectos de servicio al cliente y de calidad de los servicios brindados por la organización.
✅Ser un canal más de comunicación efectiva para conocer las inquietudes y sugerencias de los usuarios sobre actividades de servicio al cliente o sobre la calidad y oportunidad de los servicios, para que se escalasen con las directivas de la institución y se consideren.
✅Sugerir ideas que mejoren la calidad y oportunidad en la prestación de los servicios de salud, en pro de la defensa de los derechos de los usuarios y por el cumplimiento de los deberes de estos.
✅Dar a conocer los proyectos orientados a los usuarios y obtener su retroalimentación respecto a los mismos.


¿Quién puede hacer parte de la Asociación de Usuarios?
Cualquier usuario de los servicios de la Clínica Cali, asistiendo a la invitación de la IPS, a la Asamblea General de Usuarios para promover su nombre y ofrecer su voto a quienes demuestren su interés en conformar dicha alianza. Siempre que cumpla con los presupuestos de la ley 850 de 2003 (artículo 19), en cuanto a inhabilidades, impedimentos e incompatibilidades que para tal efecto establece la norma que reglamenta las veedurías ciudadanas.

Si desea afiliarse, por favor envíe un correo electrónico a: [email protected] con los siguientes datos:
➡️ Nombres y apellidos.
➡️ Número del documento de identidad.
➡️ Teléfono/celular.
➡️ Dirección.
➡️ Correo electrónico.
➡️ Ocupación.
➡️ Comentarios y en Asunto Asociación de Usuarios.

Integrantes:

  • Claudia Fajardo Cardozo – Coordinadora de SIAU.
  • Yenifer Gil Sánchez – Trabajadora Social SIAU.
  • Lorena Quinayas – Auxiliar Administrativo de SIAU.
  • José Manuel Villareal Eraso – Presidente Asociación de Usuarios.
  • Alba Nancy Carabali Lasso – Secretaria Asociación de Usuarios.
  • Benito Barrero Trujillo – Tesorero Asociación de Usuarios.
  • Fecha de conformación de la asociación: 04 de marzo de 2024
  • Dirección: Avenida 3Norte 32AN-40
  • Lugar: Oficina SIAU 1er Piso
  • Contacto: 3158837352/ 3876914 ext. 94

ACTIVIDADES DEL PROGRAMA DE HUMANIZACIÓN

servicio de atención humanizado, seguro y oportuno.

Contacto